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Preguntas frecuentes sobre sistemas de pagos

¿Qué es un sistema de pagos?

Es el conjunto de normas, acuerdos y procedimientos reconocidos como tales por la Ley N° 29440, Ley de los Sistemas de Pagos y Liquidación de Valores, declarados por el Banco Central con arreglo a la misma, cuya finalidad principal es la ejecución de Órdenes de Transferencia de Fondos entre sus Participantes. A la fecha se tiene los siguientes sistemas de pagos:

  • Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR)
  • Cámara de Compensación Electrónica (CCE).
  • Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores (SLMV).

¿Por qué son importantes los sistemas de pagos?

Para el buen funcionamiento de los mercados financieros y de la economía en general, es imprescindible contar con sistemas de pagos seguros y eficientes, ya que éstos permiten que las transacciones se realicen con prontitud y seguridad. Además, los sistemas de pagos juegan un rol clave en los mercados financieros, dado que a través de estos sistemas se efectúa la fase de liquidación de fondos de las transacciones que se realizan en los mercados de capitales, valores, productos derivados y de moneda extranjera.

¿Qué se entiende por sistemas de pago de importancia sistémica?

Un sistema de pago es de importancia sistémica porque su funcionamiento es fundamental para la eficacia de los mercados financieros, su incapacidad o la de alguno de sus participantes puede transmitir perturbaciones a los Participantes y a otros Sistemas.

¿Quiénes participan en el Sistema LBTR?

Califican para ser Participantes en el Sistema LBTR las empresas de operaciones múltiples comprendidas en el literal A del artículo 16° de la Ley General, que se encuentren sujetas a encaje de acuerdo con las normas del Banco Central. Asimismo, el Banco de la Nación, la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. (COFIDE), Agrobanco, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, el Fondo Mivivienda, el Fondo de Seguro de Depósito (FSD), el Fondo de Seguro Cooperativo (FSDC), CAVALI S.A., las empresas de dinero electrónico y otros que apruebe el Banco Central (Cooperativas Nivel 3). Los Participantes pueden ser:

Participantes Tipo I: Son las empresas bancarias señaladas en el numeral 1 del acápite A del artículo 16° de la Ley General y los bancos de inversión señalados en el acápite C del artículo 16° de la Ley General, autorizadas por el Banco Central para participar en el Sistema LBTR.

Participantes Tipo II: Son las empresas financieras, las cajas municipales de ahorro y crédito, la Caja Municipal de Crédito Popular de Lima y las cajas rurales de ahorro y crédito, señaladas en el artículo 16° de la Ley N° 26702 y autorizadas por el Banco Central para participar en el Sistema LBTR.

Otros Participantes: Son el Banco de la Nación, CAVALI, COFIDE, Agrobanco, Fondo Mivivienda, Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, Fondo de Seguro de Depósitos, Fondo de Seguro de Depósitos Cooperativos, las Empresas Emisoras de Dinero Electrónico1 y otros autorizados por el Banco Central para participar en el Sistema LBTR, utilizando únicamente sus Fondos Propios.

¿Cómo funciona el Sistema LBTR?

El Sistema LBTR es un sistema de transferencias interbancarias de fondos de alto valor, con una liquidación bruta (una a una), en tiempo real. Bajo este sistema, una vez que las órdenes de transferencia se liquidan en el sistema, éstas devienen en irrevocables y la liquidación es instantánea, siempre que el participante ordenante cuente con la suficiente disponibilidad de recursos.

Las órdenes de transferencias pueden ser enviadas por los participantes por cuenta propia o por cuenta de terceros.

Si una orden de transferencia no pudiera ser liquidada por insuficiencia de recursos, ésta ingresa a un sistema de colas tipo By pass FIFO, en donde permanece pendiente. En este esquema, las órdenes se encolan en el orden en que fueron enviadas al Sistema LBTR y se ejecutan respetando el mismo orden, en tanto los participantes respectivos cuenten con la disponibilidad de recursos. Sin embargo, si la primera transferencia en cola no puede ser ejecutada por insuficiencia de fondos, el sistema intenta liquidar la siguiente orden pendiente, y así sucesivamente. Cada vez que una orden es liquidada, el sistema regresa a la primera orden ubicada en cola para reintentar su liquidación.

¿Quiénes participan en los sistemas de compensación de la CCE?

Pueden ser Entidades Participantes y por lo tanto estar autorizadas para acceder a los servicios de Canje y Compensación de la CCE:

  • Las empresas bancarias, el Banco de la Nación y el BCRP, que tendrán acceso pleno a todos los servicios de canje y compensación.
  • Las demás entidades del sistema financiero, que podrán participar de los servicios de canje y compensación sujetas a la autorización del BCRP, caso por caso, pudiendo ser consideradas como Entidades con Acceso Limitado a determinados instrumentos compensables.

La participación puede ser directa o indirecta, con arreglo a lo que dispongan el BCRP y la respectiva ESEC.

¿Qué instrumentos de pago son compensados por la CCE y cómo funcionan los respectivos sistemas de compensación de la CCE?

La Cámara de Compensación Electrónica S.A. (CCE), tiene actualmente en funcionamiento tres sistemas de compensación de instrumentos de pago de bajo valor: cheques, transferencias de crédito y transferencias inmediatas.

Para los tres casos, la CCE calcula, con base en los archivos electrónicos enviados por los participantes originantes, las posiciones netas multilaterales deudoras y acreedoras de los participantes e instruyen, a través del Sistema LBTR, los respectivos cargos de las cuentas de los participantes deudores y los abonos de los participantes acreedores.

¿Qué ventajas ofrecen los sistemas de pago a los usuarios finales?

Para los pagos o transferencias al menudeo, los clientes obtienen seguridad y eficiencia, ya que la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) permite la transferencia de fondos directa y electrónicamente, desde las cuentas de sus bancos a las cuentas que los beneficiarios mantienen en otros bancos, sin tener que retirar el efectivo de sus bancos y llevarlo personalmente a los bancos de los beneficiarios.

En lo que se refiere a los grandes pagadores, éstos también pueden realizar transferencias de un modo similar a través del “Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real” (Sistema LBTR), desde las cuentas en sus bancos a favor de beneficiarios con cuentas en otros bancos.

Debe señalarse que en el caso del sistema de transferencias a través de la CCE, las transferencias son abonadas a favor de los beneficiarios en tiempo real en el caso de transferencias inmediatas, y en el mismo día en que la transacción es ingresada al sistema, si la misma se procesa en las dos primeras sesiones de compensación de transferencias de crédito, porque la última sesión se liquida al día siguiente hábil.

En el caso del Sistema LBTR, las transferencias se ingresan y liquidan en la cuenta del beneficiario en tiempo real, es decir, en línea, siempre que el banco del usuario ordenante disponga de la liquidez suficiente (en caso contrario, la transferencia entra en una cola de espera hasta obtener la necesaria disponibilidad).

¿Cuáles son los riesgos de los sistemas de pago?

En principio, los sistemas de pagos están expuestos al riesgo de liquidez, riesgo de crédito, riesgo de liquidación, riesgo sistémico, riesgo operativo y riesgo legal. Sin embargo, las autoridades reguladoras y supervisoras toman medidas para velar que dichos sistemas, sobre todo los de importancia sistémica, estén adecuadamente diseñados y administrados, de manera que los riesgos arriba indicados estén debidamente controlados.

¿Cuál es la relación entre los sistemas de pago y la política monetaria?

En general, en las economías de mercado los bancos centrales ejecutan su política monetaria afectando el balance entre la oferta y la demanda de fondos en el mercado de dinero, principalmente a través de operaciones de mercado abierto, lo cual requiere la existencia de mercados interbancarios líquidos y de que el banco central pueda pronosticar de manera adecuada la liquidez en el mercado de dinero, particularmente respecto a los principales flujos de dinero entre el gobierno y el sector privado. Para todo ello, resulta imprescindible que se cuente con un sistema de pagos de alto valor seguro y eficiente.

¿Cuál es el rol del banco central en relación con los sistemas de pago?

El BCRP cumple 3 funciones básicas en relación con los sistemas de pagos:

  1. Resguarda el interés público. El BCRP vigila que los sistemas de pagos de importancia sistémica sean seguros y eficientes y además los regula. Si bien la responsabilidad básica para el buen funcionamiento de los sistemas de pagos recae en los mismos administradores de los sistemas de pagos, el BCRP vigila que los sistemas de pagos de importancia sistémica estén adecuadamente diseñados y administrados, emite las principales regulaciones de los sistemas de pagos y efectúa un seguimiento de los procedimientos operativos, del entorno operativo y de los cambios de escala y naturaleza de los pagos procesados.
  2. Proveedor de servicios de pagos. El BCRP pone a disposición de las instituciones financieras las cuentas que ellas mantienen en el BCRP para realizar la liquidación final de las transacciones efectuadas a través de los sistemas de pagos. Además, el BCRP es el administrador del Sistema LBTR, habiendo diseñado y provisto a los participantes el software necesario.
    Cabe señalar que el BCRP cumple el rol de Agente Liquidador para los sistemas de pagos, lo que significa que tanto las órdenes de transferencia del Sistema LBTR como las posiciones netas deudoras de los instrumentos compensados por la CCE son liquidadas en el Banco Central.
  3. Usuario de los sistemas de pagos. Esto se debe a que el BCRP tiene sus propias transacciones por efectuar, tales como sus operaciones intradiarias de compra temporal de moneda extranjera, de títulos emitidos por el BCRP y de títulos negociables de primera calidad emitidos por terceros.

¿Otorga el BCRP liquidez intradiaria a los participantes si éstos no disponen de suficientes recursos en sus cuentas en el BCRP?

Sí, para otorgar liquidez intradiaria el BCRP pone a disposición de los Participantes Tipo I del Sistema LBTR y de los Participantes Tipo II que acceden a los servicios de la CCE, las Operaciones de Repo Intradía de moneda extranjera o de valores, siempre que hayan suscrito el Contrato Marco correspondiente.

 

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