BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ
RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO No. 005 -2006-BCRP
CONSIDERANDO QUE:
El Texto Único Ordenado de la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.
En los artículos 5 y 8 de la citada ley se establece que las entidades públicas designarán a los funcionarios responsables de la elaboración y actualización del portal de internet, así como de brindar información en el marco de esta Ley.
Mediante Resolución de Directorio No. 074-2002 del 23 de diciembre de 2002 se precisó que corresponde al Gerente General del Banco autorizar la información que demanden las personas en virtud de lo establecido en la Ley No. 27806. En tanto que mediante Resolución de Directorio No. 056-2003 de 29 de octubre de 2003, se ratificó la designación de la señora Susana Ishisaka Frukawa, en ese momento, Subgerente de Investigación y Análisis Global, como la funcionaria responsable de la elaboración y actualización del portal de internet del Banco.
Resulta necesario modificar el Procedimiento No. 4, denominado Pedido de Información, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco, aprobado en sesión del Directorio del 14 de marzo de 2002, respecto a la unidad donde se inicia el trámite, el monto de los derechos de tramitación y establecer que el Directorio es la autoridad que resuelve el recurso de apelación en caso de denegatoria en brindar la información.
Se ha actualizado el Manual de Organización y Funciones del Banco. El Directorio, estando a lo acordado en su sesión del 2 de febrero de 2006.
RESUELVE:
Artículo 1. Ratificar a la señora Susana Ishisaka Frukawa, actualmente Subgerente de Información, como la funcionaria responsable de la elaboración y actualización del portal internet del banco.
Artículo 2. Designar al señor Vidal Silva Navarrete, Jefe del Departamento de Prensa, como el funcionario responsable de brindar la información solicitada en virtud del Texto Único Ordenado de la Ley No. 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
Artículo 3. Modificar el Procedimiento No. 4, Pedidos de Información, del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Banco, respecto a la unidad donde se inicia el trámite, el monto de los derechos de tramitación y establecer que el Directorio es la autoridad que resuelve el recurso de apelación en caso de denegatoria en brindar la información.
Artículo 4. Dejar sin efecto la Resoluciones de Directorio No. 056-2003 y 074- 2002.
Artículo 5. Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano.
Lima, 15 de febrero del 2006
Oscar Dancourt Masías
Vicepresidente
En ejercicio de la Presidencia