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Circulares Vigentes

Las circulares constituyen disposiciones de carácter general que establece el BCRP al amparo de su Ley Orgánica. Estas normas son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del sistema financiero, así como para las demás personas naturales y jurídicas cuando corresponda.


1. Instrumentos monetarios

2. Disposiciones de encaje

Tasa de remuneración de los fondos de encaje en el BCRP.

3. Sistema de Pagos

Pilotos de Innovación de Dinero Digital


Acreditación de poderes ante el BCRP

Servicios de Pagos


Regulación sobre Interoperabilidad de los Servicios de Pago


Sistema LBTR


Servicio de Canje y Compensación

Capital mínimo para las ESEC:
(Art. 5° Circular. N° 0029-2019-BCRP)
Año Soles (S/)
2011 1 150 270,00
2012 1 222 276,90
2013 1 222 276,90
2014 1 241 222,19
2015 1 259 468,16
2016 1 292 088,38
2017 1 316 896,48
2018 1 316 896,48
2019 1 359 300,54
2020 1 359 300,54
2021 1 380 505,63
2022 1 567 978,29
2023 1 678 207,16
2024 1 678 207,16
  • Circular 17-2002-EF/90 (16/05/2002)
    Reglamento de las Cámaras de Compensación de Letras de Cambio y de Cuotas de Crédito.

  • Cheques


    Transferencias de Crédito


    Transferencias Inmediatas

    • Circular 0021-2024-BCRP (14/08/2024)
      Reglamento del Servicio de Compensación de Transferencias Inmediatas.La presente Circular entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario oficial El Peruano.

    Débitos Directos


    Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores


    Estadística de los Medios de Pago


    Pagos Transfronterizos


    Acuerdos de Pago


    Glosario de términos de Sistemas de Pagos


    5. Tasas de interés

    6. Límites de inversión de Administradoras de Fondos de Pensiones

    7. Bancos del Exterior de Primera Categoría

    8. ALADI

    9. Billetes y Monedas

    10. Monedas Conmemorativas

    Mesa de partes

    Horario de atención:
    Lunes a Viernes: 9:00 a. m. - 4:30 p. m.

    Mesa de partes virtual

    mesadepartesvirtual@bcrp.gob.pe
    (Formato PDF, máximo 15 MB)
     

    Canje de Numerario

    Horario de atención:

    Lunes a Viernes: 9:15 a. m. - 3:15 p. m.